La Constitución cartaginesa

La de Cartago era una constitución de las llamadas “mixtas”, con un poder legislativo y ejecutivo muy fuerte, en la que los méritos tanto como la riqueza eran tenidos en cuenta para la elección de los cargos entre los mejores ciudadanos, y con una participación popular equilibrada y reglamentada políticamente.

El testimonio de Aristóteles.
En su Política Aristóteles nos ha dejado un buen testimonio sobre la constitución de Cartago, a la que compara, por sus excelencias, con la de Creta y Esparta:

“También los cartagineses tienen fama de gobernarse bien y con mucha ventaja sobre los demás; en algunas cosas se asemejan extraordinariamente a los lacedemonios. Estos tres régimenes —el de Creta, el de Lacedemonia y este tercero de Cartago— están, en cierto sentido, muy próximos entre sí, y difieren mucho de los demás. Muchas de sus instituciones son buenas, y un indicio de la buena ordenación política es el que, teniendo un elemento popular, permanezca dentro de su ordenación constitucional y no haya tenido ni una guerra civil digna de mención ni una tiranía. Son muy parecidas a las del régimen lacedemonio las comidas colectivas, semejantes a las phiditia, y la magistratura de los Cientocuatro es como la de los éforos (pero mejor: mientras que aquellos se eligen entre cualesquiera, los cartagineses eligen esta magistratura entre los mejores por méritos). En cuanto a los reyes y el consejo de ancianos, son algo semejantes a los reyes y los ancianos de Esparta, pero también con la ventaja de que los reyes no son del mismo linaje, ni tampoco de cualquiera, sino del que destaca, y de él se eligen más por distinción que por edad. Ya que al estar colocados al frente de asuntos importantes, si son gente incapaz, causan grandes daños, como ya los causaron a la ciudad de los lacedemonios". (Pol., II, 11, 1272b-1273a; TRAD. C. García Gual y A. Pérez Jiménez)

El carácter mixto de la constitución de Cartago es señalado por Aristóteles a continuación:

"La mayoría de las críticas que se reprochan a este gobierno, por ser corrupciones, coinciden precisamente con las de los gobiernos de que hemos hablado. En cuanto a lo que respecta a su configuración como aristocracia o como democracia, unas cosas se inclinan más hacia el pueblo y otras hacia la oligarquía. Por una parte, los reyes son dueños, junto con el consejo de ancianos, de presentar unas cosas y de no presentar otras ante la asamblea del pueblo, siempre que se pongan de acuerdo todos. De lo contrario, el dueño de decidirlas es el pueblo. En los asuntos que ellos presentan le conceden al pueblo no sólo el derecho de oír las opiniones de los magistrados, sino de decidir soberanamente, e incluso le es posible a quien quiera contradecir a los que hacen las propuestas, lo que no sucede en los otros régimenes. En cambio, el que los pentarcas, que dictaminan muchos e importantes asuntos, sean elegidos por ellos mismos, y el que éstos elijan la magistratura suprema de los Ciento, y además estén en el poder más tiempo que los demás (porque gobiernan aun después de cumplir su mandato y desde su designación para él), es un rasgo oligárquico. Y lo de que no reciban un sueldo y no sean elegidos por sorteo debe considerarse una nota aristocrática, y todo lo demás por el estilo, como que todos los procesos sean juzgados por los magistrados, sin distinción entre unos y otros, como se hace en Lacedemonia. Pero la organización de los cartagineses se desvía de la aristocracia a la oligarquía sobre todo por cierta idea, que la mayoría aprueba: creen que hay que elegir a los gobernantes no sólo en razón de sus méritos, sino también de sus riquezas, pues piensan que es imposible que el falto de recursos gobierne bien y tenga tiempo libre. Conque si el elegir a los gobernantes por su riqueza es un rasgo oligárquico, y el hacerlo por su excelencia es aristocrático, el procedimiento éste con el que cubren los cartagineses su organización política sería el tercer modo, ya que eligen a sus más altos cargos, sobre todo a los reyes y a los generales, atendiendo a esas dos condiciones”. (Pol., II, 11, 1273a; TRAD. C. García Gual y A. Pérez Jiménez

Luego, el filósofo de Estagira pasa a enumerar los pros y los contras de esta constitución cartaginesa de la que, como se ve, estaba bien informado:

“Pero hay que considerar que es un error del legislador esta desviación de la aristocracia. En un principio, desde luego, es de lo más necesario atender a que las clases s superiores dispongan de tiempo libre y no hagan un mal papel no sólo cuando están en un cargo, sino también como particulares. Pero si hay que tener en cuenta también la solvencia con vistas al ocio, resulta penoso que las magistraturas supremas, como la realeza y el generalato puedan comprarse. Esa ley considera a la riqueza más honrosa que la virtud, y hace a la ciudad entera codiciosa de dinero. Lo que la clase dominante acepte como valioso será necesariamente acogido como tal en la opinión de los demás ciudadanos, y donde no se aprecia la virtud no es posible que el gobierno sea firmemente aristocrático.
Es bastante razonable que se acostumbren a sacarles beneficios los que han comprado sus cargos, ya que están en el poder tras haber hecho sus gastos. Pues es absurdo suponer que uno que es pobre y honrado querrá sacarle provecho, y uno menos honrado y que ha invertido en él dinero no va a querer hacerlo, por eso deben mandar los capaces de hacerlo mejor. Y sería mejor que el legislador hubiera dejado aparte la solvencia de los honrados y se hubiera cuidado de garantizar el ocio de los gobernantes.
También puede parecer mal que una misma persona ocupe varios cargos, lo cual está bien visto entre los cartagineses. Pues cada labor se realiza mejor al cuidado de uno solo, y el legislador debe velar por ello, y no ordenar que la misma persona sea flautista y zapatero. De modo que cuando la ciudad no sea pequeña es más constitucional y más democrático que muchos participen de las magistraturas, ya que es más colectivo, como dijimos, y cada una de ellas se desempeñe así mejor y más rápidamente. Esto está claro en los asuntos de la guerra y la marina, pues en una y otra el mandar y el obedecer se distribuyen, por así decir, entre todos. Aunque éste es un gobierno oligárquico, los cartagineses rehuyen muy bien sus inconvenientes gracias a sus riquezas, haciendo emigrar una y otra vez a una parte del pueblo a sus colonias, y con este procedimiento se remedian y aseguran la estabilidad de su régimen. Sin embargo, esto es un resultado del azar, mientras que es el legislador quien debe evitar la discordia civil en el régimen. En cambio, en la actualidad, si sobreviene algún infortunio y la masa se rebela contra los gobernantes, no hay en sus leyes remedio para mantener la paz”
. (Pol., II, 11, 1273b; TRAD. C. García Gual y A. Pérez Jiménez)

La evolución política.
Esta constitución no permaneció inmutable, sino que experimentó cambios con el trancurso del tiempo, como sucedió en otras ciudades del entorno mediterráneo y parece conocer el propio Arístóteles cuando, más adelante, de noticia del intento de establecer una “tirania” por parte de Hanón:

“En las aristocracias surgen las sublevaciones unas veces porque pocos disfrutan de las dignidades -lo que se ha dicho que remueve también las oligarquías- ya que es la aristocracia en cierto modo una oligarquía (pues en ambas pocos son los que mandan, aunque no por la misma razón pocos)...Y, por último, si alguno es poderoso y aún puede ser mayor, para reinar solo, como al parecer en Lacedemonia, Pausanias, el que fue general en las guerras médicas, y en Cartago, Hanón”. (Pol., V, 7, 1307a; TRAD. C. García Gual y A. Pérez Jiménez)

Así, desde un sistema oligárquico, integrado en sus orígenes por las grandes familias que descendían de los primeros colonizadores y cuya fortuna procedía principalmente del comercio, se pasó a otro, aristocrático y más flexible,sustentado en la adquisición de tierras por medio de la conquista en el norte de Africa, en el que la asamblea popular fué adquiriendo con el tiempo mayores prerrogativas, algo que no parece haber sido del agrado de Polibio:

“La constitución de los cartagineses me parece que originariamente tuvo una estructura acertada precisamente en sus aspectos más característicos. Entre los cartagineses había reyes, un consejo de ancianos dotados de potestad aristocrática, y el pueblo decidía en los asuntos que le afectaban; en conjunto se parecía mucho a la de los romanos y a la de los lacedemonios. Pero en la época de la guerra de Hanibal se mostró superior la constitución romana e inferior la cartaginesa. La evolución de todo individuo, de toda sociedad política, de toda tarea humana, está marcada por un periodo de progreso, un periodo de madurez y un periodo de declive. Y precisamente en esto se diferencian la constitución de Cartago y de Roma. La constitución cartaginesa floreció antes que la romana, alcanzó antes que ésta su periodo culminante e inició su decadencia cuando la de Roma, y con ella la ciudad, llegaba a un periodo de plenitud precisamente por su estructura. Por entonces en Cartago la voz del pueblo era predominante en las deliberaciones; en Roma era el Senado quien detentaba la autoridad suprema. En Cartago, pues, era el pueblo el que resolvía y entre los romanos la aristocracia; en las disputas mutuas prevaleció esta última. En efecto, Roma sufrió un desastre militar total, pero acabó ganando la guerra a los cartagineses porque las deliberaciones del senado romano fueron muy atinadas”. (VI, 51; TRAD. M. Balasch Recort)

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